Parece ser que el nuevo código penal español asume las
directrices de la comunidad europea en
lo que a la definición de pornografía infantil se refiere, con lo que los
dibujos de menores practicando sexo o que muestren sus genitales, que hasta
ahora no entraban en la lista en nuestro código penal, entran en esa categoría
en 2015. Una vez redefinida la pornografía infantil, vosotros, coleccionistas
de cómics como el Vibora (recordemos el “Pequeñas viciosas” de Monica y Bea-Santiago
Segura, si no recuerdo mal, o Ranxerox, Taxista y muchos más) seríais
considerados como poseedores de pornografía infantil si un juez lo dictaminase.
También es verdad que se explicita que debe tratarse de dibujos realistas, así
que si el guión os exige dibujos de menores desnudos o practicando sexo, no
sería mala idea utilizar en esas viñetas en concreto un estilo de monigote
dibujado por un niño que esquivara la censura, al igual que los japos les meten
un parche negro a un coño en el que alguien está introduciendo un paraguas para
evitar mostrar genitales y herir sensibilidades( ¿?). El resultado sería
inquietante, pero no sería material demandado por pedófilos y pederastas. Al
contrario que el manga de los japos, perfectamente capaces de sustituir ese
parche en sus mentes por un coño con sus pelitos, los dibujos de trazo infantil
turbarían al pervertido y le dejarían el pito del tamaño de un fósforo.
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